Antes de realizar tu consulta es importante que cuentes con:
Solicitaste tu dictamen, a más tardar en 60 días hábiles recibirás una respuesta a tu solicitud
Leer más 12/04/2018Durante la audiencia de conciliación se determinó que tu asunto No era procedente, no te preocupes CONDUSEF te ofrece un dictamen a fin de que lo hagas valido ante tribunales.
Acércate a alguna de nuestras oficinas a tramitarlos
Recuerda que tienes una audiencia el día 5 de abril de 2018, no se te olvide acudir.
02/03/2018La institución financiera ha contestado No Favorable tu reclamación, recuerda que puedes ratificar tu reclamación en alguna de nuestras Unidades de Atención a Usuarios e iniciar el proceso de Conciliación
Ver respuesta 22/01/2018Tu reclamación es procedente, en 20 días hábiles recibirás una repuesta
12/01/2018Tu reclamación ha sido recibida exitosamente, en breve te notificaremos la procedencia de la misma.
01/01/2018Si soy personal moral ¿Puedo presentar mi inconformidad por esta vía?
R.- No. Te informamos que deberás acudir a la Unidades de Atención a Usuarios más cercana a tu domicilio a presentar tu inconformidad, un Asesor deberá validar la personalidad jurídica.
¿Cuáles son las causas por las que mi asunto no puede ser turnado a la Institución Financiera?
R.- La documentación soporte no es legible,el asunto corresponde a otra causa, la información y datos que proporcionaste no son congruentes, presentaste el mismo asunto en alguna Unidades de Atención a Usuarios.
Ingrese previamente mi queja en línea y la Institución Financiera me respondió que no es favorable, sin embargo, no estoy de acuerdo con su respuesta, ¿puede seguir ayudándome la CONDUSEF con mi queja?
La Gestión que se realiza en este micrositio está encaminada a obtener un alto porcentaje de asuntos favorables para el Usuario, en caso de que la Institución Financiera no te resuelva favorable, te apoyamos en el siguiente proceso de atención, que es agotar el Procedimiento Conciliatorio, para lo cual te pedimos presentes un escrito Formar de Reclamación fundamentándolo en los Artículos 59 Bis 1, 60, 63 y 68 de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y que contenga Tu Nombre completo y tu Domicilio; Nombre de la Institución Financiera contra la que se formula la Reclamación; Descripción del producto o servicio que se reclama, así como de los hechos que motivaron la Reclamación. Puedes pedir ayuda a nuestro Centro de Atención Telefónica al 55 53 400 999
¿Qué puedo hacer cuando no encuentro la Institución, el producto y/o la causa para presentar mi queja?
R.- Actualmente, solamente se presenta para los principales quejas y productos de las instituciones Financieras que tienen convenio de Gestión Electrónica, en caso de que tu problema no se relaciones con la Institución, el producto y/o causa existentes en el presente sitio, te pedimos acudas a presentar tu queja personalmente en una de nuestras Unidades de Atención a Usuarios (Ver ubicación).
¿Cuál es el tiempo para que se resuelva mi queja?
La respuesta a tu queja será resuelta dentro de los 25 días siguientes a su presentación. Te será entregada a la cuenta de correo que registraste, adicionalmente, puedes consultarla en el presente sitio con el Folio que se te proporciono (Consulta tu queja)
La CONDUSEF a través de sus oficinas y su centro de atención telefónica (CAT), recibe las dudas y quejas, en materia financiera, de los usuarios que lo necesiten.
En aras de apoyar a los ciudadanos con esquemas de atención eficientes, Condusef implementó un proceso de gestión, que de manera electrónica te permite tramitar ante la Institución Financiera tu inconformidad o queja, para que de igual forma, a través de esta Comisión recibas una respuesta de tu asunto.
Este proceso tiene estipulado un tiempo de resolución de 20 días hábiles.
Convoca al usuario y a la IF a Audiencia; en donde se debe presentar informe detallado sobre los hechos que motivan la reclamación.
En caso de no haber arreglo, el reclamante podrá solicitar a la CONDUSEF, dictamen al respecto de su asunto, con el fin de hacerlo valer ante los tribunales competentes.
Si en el proceso conciliatorio el usuario solicita se dejen a salvo sus derechos, la CONDUSEF le Ofrece la emisión de un Acuerdo de Trámite, conforme a una valoración del asunto, en caso de que esta valoración sea favorable esta Comisión emitirá un Dictamen que consiste en una opinión especializada con la intención de que la pueda hacer valer ante los tribunales competentes, en caso contrario de emite un acuerdo de improcedencia.
Con los elementos aportados por ambas partes, se emite el “Proyecto de Laudo”, que es la resolución que pone fin al asunto y en la cual se señala a quién le asiste la razón.
Para que las partes se sometan al proceso arbitral, previamente la Entidad Financiera debió de haber ofertado el producto o servicio financiero, para que en caso de controversia se resuelva por éste procedimiento.
Proporciona al Usuario un Abogado de manera gratuita para que tramite su asunto ante tribunales, siempre y cuando acredite:
1. Elementos legales suficientes para una defensa adecuada.
2. No contar con los medios económicos suficientes para contratar los servicios de un abogado particular.